Cuando se acercan las vacaciones, bien sea verano, Navidad o cualquier otra fecha y queremos viajar con hijos menores, se nos plantean dudas respecto a permisos y autorizaciones.
Los viajes de menores siempre están sujetos a ciertas restricciones, y por consiguiente la policía de frontera, tanto dentro como fuera de la zona Schengen, prestarán siempre una especial atención. En este artículo voy a intentar despejar algunas dudas.
Se pueden dar cuatro supuesto:
• Menores que viajan solos:
– Vuelos nacionales: para los menores de 14 años sin DNI o pasaporte, se necesita acreditación notarial con los datos personales del menor junto a su fotografía, y en la que se incluya la autorización de ambos progenitores para viajar o autorización formalizada en alguna Dependencia Policial.
– Vuelos internacionales (europeos y resto de países): el menor debe presentar su propio documento DNI o pasaporte y además autorización policial.
• Menores que viajan en compañía de terceros:
la policía solicitará documentación que pruebe la autorización para viajar.
– Vuelos nacionales: para los menores de 14 años sin DNI o pasaporte, se necesitará acreditación notarial con los datos personales del menor junto a su fotografía, y en la que se incluya la autorización de ambos progenitores para viajar o autorización formalizada en alguna Dependencia Policial.
– Vuelos internacionales (europeos y restos de países): el menor debe presentar su propio documento DNI o pasaporte y además autorización policial.
• Menores que viajan en compañía de un solo progenitor:
Exista o no una resolución judicial previa que haya fijado las medidas relativas a su custodia. En este caso se solicitará autorización expresa del progenitor ausente, y además:
– Vuelos Nacionales: si el niño es menor de 14 años DNI o pasaporte y si no tiene ninguno, el Libro de familia.
– Vuelos internacionales: el menor tiene que tener su propio documento DNI o pasaporte.
• Menores que viajan en compañía de ambos progenitores:
En este caso la documentación que se necesita es:
– Vuelos Nacionales: si el niño es menor de 14 años DNI o pasaporte y si no tiene ninguno, el Libro de familia.
– Vuelos internacionales: el menor tiene que tener su propio documento DNI o pasaporte.
Es importante recordar que para la expedición del pasaporte español se requiere bien la autorización de los progenitores (aunque uno de ellos no tenga la guarda y custodia), o bien autorización judicial.
Y por último, hay que tener siempre en cuenta también el país de destino, ya que hay países que para entrar, requieren además, otros documentos.