Cuando una pareja se separa o surge un conflicto familiar, es habitual recurrir a los consejos de amigos, familiares o incluso a lo que se ha leído en redes sociales. Sin embargo, el derecho de familia está lleno de falsas creencias que, lejos de ayudar, pueden acabar provocando importantes perjuicios económicos e incluso afectar a la relación con los hijos.
Estos son algunos de los mitos más frecuentes y la realidad jurídica que hay detrás.
Mito 1. «Mi hijo cumple 18 años y dejo de pagar la pensión de alimentos»
Es, probablemente, el error más extendido.
La mayoría de edad, no extingue automáticamente la obligación de prestar alimentos. Si el hijo continúa formándose, no dispone de independencia económica y mantiene una actitud responsable, la pensión puede mantenerse más allá de los 18 años.
Por el contrario, si las circunstancias cambian, no basta con dejar de pagar por decisión propia. Será necesario solicitar judicialmente la modificación de las medidas acordadas.
Dejar de abonar la pensión sin autorización judicial puede generar una deuda importante, intereses e incluso dar lugar a un procedimiento de ejecución.
Mito 2. «Si mi expareja no me deja ver a los niños, yo dejo de pagar»
El derecho de visitas y la obligación de prestar alimentos son cuestiones completamente distintas.
Aunque uno de los progenitores incumpla el régimen de visitas, el otro no puede suspender unilateralmente el pago de la pensión. Del mismo modo, el impago de alimentos tampoco justifica impedir el contacto con los hijos.
Cada incumplimiento tiene sus propios mecanismos legales y debe reclamarse por la vía correspondiente.
Tomar represalias suele agravar el conflicto y terminar perjudicando a quien actúa por su cuenta.
Mito 3. «La custodia compartida significa que los hijos pasan exactamente la mitad del tiempo con cada progenitor»
La custodia compartida no implica necesariamente una distribución matemática del tiempo.
Lo que persigue este sistema es que ambos progenitores participen de forma efectiva en la crianza y educación de sus hijos, siempre atendiendo al interés superior del menor.
En algunos casos el reparto será semanal; en otros, quincenal o mediante otro sistema que se adapte mejor a las necesidades de la familia.
Cada situación debe analizarse individualmente.
Mito 4. «Si la vivienda está a mi nombre, nadie puede quedarse en ella»
La propiedad de la vivienda y el derecho de uso no son exactamente lo mismo.
En un procedimiento de separación o divorcio, el juez puede atribuir el uso del domicilio familiar a uno de los progenitores o a los hijos, aunque el inmueble pertenezca exclusivamente al otro cónyuge.
Esta circunstancia sorprende con frecuencia a quien considera que ser propietario implica poder disponer libremente de la vivienda.
En realidad, el interés de los menores puede justificar una solución diferente.
Mito 5. «Todo lo que digo por WhatsApp sirve como prueba»
Los mensajes de WhatsApp pueden ser una prueba muy relevante, pero no cualquier conversación tendrá valor en un procedimiento judicial.
Su autenticidad puede ser discutida, pueden existir problemas de manipulación o resultar insuficientes si no se acompañan de otros medios de prueba.
Además, conviene recordar que muchos mensajes escritos en un momento de enfado terminan incorporándose al procedimiento y pueden perjudicar seriamente la posición de quien los envió.
Antes de escribir un mensaje impulsivo conviene pensar que, probablemente, también lo leerá un juez.
Mito 6. «Si llegamos a un acuerdo entre nosotros, no hace falta hacer ningún trámite»
Los acuerdos verbales generan una falsa sensación de seguridad.
Si existe una sentencia o un convenio regulador aprobado judicialmente, cualquier modificación importante, como la pensión de alimentos, el régimen de visitas o el uso de la vivienda, debería formalizarse legalmente.
Mientras no exista una resolución que recoja esos cambios, seguirá siendo exigible el contenido de la resolución anterior.
Esto significa que un acuerdo amistoso puede dejar de cumplirse en cualquier momento y generar reclamaciones económicas años después.
Mito 7. «Los procesos de familia siempre terminan en juicio»
Afortunadamente, no es así.
Cada vez son más las familias que alcanzan acuerdos mediante negociación, mediación o procedimientos de mutuo acuerdo.
Además de reducir costes, estas soluciones suelen ser más rápidas y menos traumáticas, especialmente cuando existen hijos menores.
El proceso judicial debería ser la última opción cuando el diálogo resulta imposible.
Conclusión
En derecho de familia, actuar guiándose por rumores o consejos informales puede salir muy caro. Una decisión aparentemente sencilla, dejar de pagar una pensión, abandonar la vivienda familiar o modificar un régimen de visitas sin asesoramiento, puede tener consecuencias económicas y jurídicas importantes.
Cada familia tiene circunstancias distintas y cada caso merece un análisis individualizado. Antes de tomar cualquier decisión que afecte a los hijos, al patrimonio o a los derechos de cualquiera de las partes, conviene informarse adecuadamente y buscar asesoramiento profesional.
Porque, en muchas ocasiones, el mayor error no es desconocer la ley, sino creer que ya la conocemos.