Divorcio y reparto de vacaciones escolares.

Se acercan las vacaciones escolares de los niños y en el caso de que los progenitores estén divorciados, separados o hayan cesado en la convivencia surgen los problemas. En este post vamos a tratar de despejar algunas dudas.

 

¿Hay que seguir pagando la pensión de alimentos durante las vacaciones?

La respuesta es clara y contundente: sí. Aunque la obligación de pagar alimentos se divide en mensualidades, es una obligación global que incluye los gastos de manutención, vivienda, educación, vestido, gastos ordinarios, etc., que se producen durante todo el año. Que el menor pase la mitad de las vacaciones con el progenitor no custodio no es motivo para dejar de pagar la pensión.

 

¿Cómo se distribuye el período vacacional?

En caso de duda siempre se atiende al calendario escolar de Navidades, Semana Santa y verano. Por ejemplo, si fuera un período por mitad en verano podría quedar así:

Período A) Del día siguiente al final del curso escolar al 31 de julio a las 20 horas.

Período B) Del 31 de julio a las 20 horas al día anterior al inicio al curso escolar en septiembre.

También en las sentencias o convenios reguladores se establece quién elige cada año. Un progenitor elige los años pares y el otro los impares. Es deseable que se fije una fecha límite para que los progenitores se comuniquen los periodos vacacionales elegidos, pues ello evitará problemas posteriores.

Por ejemplo: si al padre le corresponde elegir los años pares, en el 2018 elegirá él. En el convenio o sentencia deberá constar con que antelación deberá decírselo a la madre. En este ejemplo: con dos meses de antelación. Por lo tanto, tendrá que comunicárselo a la madre el 30 de abril de 2018.

 

 

¿Cómo y dónde disfrutar las vacaciones?

El progenitor que disfrute de las vacaciones con su hijo puede elegir libremente actividades de ocio y la forma en que el niño pasa el tiempo que este con él. Por lo tanto no requiere el acuerdo de ambos progenitores, es decir, puede inscribirle en un campamento, curso de verano, etc. Eso sí, si no es de mutuo acuerdo este correrá con los gastos.

Cuando uno de los progenitores quiere disfrutar las vacaciones con sus hijos fuera del territorio español, surgen dudas respecto a si se necesita el consentimiento del otro progenitor. En principio,  no es necesario el consentimiento ni para disfrutarlas dentro de España ni fuera. No obstante, los agentes de los controles fronterizos pueden inspeccionar los documentos de viaje. Mi recomendación es que el menor tenga pasaporte para evitar problemas.  A pesar de lo anterior, hay determinados casos en que hay prohibición expresa de salida del territorio español, pero debe ser por sentencia judicial.

 

¿Cómo se debe comunicar el menor con el otro progenitor?

En el periodo que no nos corresponde estar con nuestro hijo el otro progenitor siempre tiene que facilitar la comunicación con este, bien sea vía telefónica, WhatsApp, email o por cualquier otro medio. Por ello, es imprescindible que se solicite en la demanda para que lo recoja la sentencia o se reseñe en el convenio regulador.  Cuanto más claro y específico sea mucha mejor. Si a pesar de estar recogido uno de los progenitores no cumple, se puede presentar denuncia o se puede solicitar ante el Juzgado.

En definitiva, lo que hay que tener en cuenta siempre es el bienestar de los hijos, y evitar en la mayor medida posible conflictos, cuando una relación está rota lo mejor es pasar página y centrarse en lo más importante: los hijos.

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